Registro de responsables del sistema interno de información

La Oficina Antifraude de Cataluña es la autoridad independiente de supervisión del cumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información, que afecta tanto al sector público como al privado. Antifraude pone a disposición de los entes obligados un formulario para emitir las comunicaciones al Registro de responsables del sistema interno de información.

¿Qué debe comunicarse a Antifraude?

Los sujetos que dispongan de un sistema interno de información, en el sector público o en el sector privado, en cumplimiento de obligaciones legales o por decisión propia, y que estén incluidos en el ámbito de competencias de la Oficina Antifraude de Cataluña, deben comunicarle mediante el formulario Comunicación de responsable del sistema interno de información (art. 8.3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero):

  • El nombramiento y cese de la persona física individualmente designada como responsable del sistema interno de información
  • O, en su caso, el nombramiento y cese de las personas que integren el órgano colegiado responsable del sistema interno de información

Deberán tener en cuenta que:

  • La comunicación debe realizarse mediante el formulario Comunicación de responsable del sistema interno de información en el plazo de los diez días hábiles siguientes al nombramiento o cese
  • En el caso de cese, deben especificarse las razones que lo han justificado

¿Cómo hacer la comunicación?

1er paso. Es necesario descargar el formulario Comunicación de responsable del sistema interno de información (art. 8 de la Ley 2/2023) en su ordenador y rellenarlo desde allí y no desde la visión del navegador. Se necesita tener instalado Adobe Acrobat Reader (ver vídeo explicativo).

Si su ordenador no dispone de Adobe Acrobat Reader puede descargarlo en el siguiente enlace.

Formulario

 

2º paso. Una vez rellenado el formulario debe enviarse a la Oficina Antifraude:

  • Administración pública. Presentar el formulario a través del envío genérico de EACAT
  • Sector privado. Presentar el formulario a través del Registro general de la Sede electrónica de la Oficina Antifraude