¿Quién es la Autoridad Independiente de Protección del Informante en Catalunya? (Disposición adicional 7ª de la Ley 3/2023, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023) La autoridad Independiente de Protección del Informante en Catalunya es la Oficina Antifraude de Catalunya. Su designación, tanto en lo referente al sector público como para el privado, la establece la disposición adicional séptima (Protección de las personas que alertan de infracciones normativas) de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023 (DOGC núm. 8877, de 17.03.2023), con el siguiente contenido: Hasta que no se despliegue una normativa en materia de protección de las personas que alerten de infracciones normativas en el ámbito del sector público de Catalunya, se asignan a la Oficina Antifraude de Catalunya las funciones que, de acuerdo con la Ley del Estado 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, corresponden a las instituciones u órganos competentes de las comunidades autónomas. Corresponde a la persona titular de la Dirección de la Oficina Antifraude de Catalunya dictar una resolución y adoptar medidas provisionales en los procedimientos de ejercicio de la potestad sancionadora establecida por la Ley del Estado 2/2023, y proceder al ejecución forzosa de las resoluciones sancionadoras, con la colaboración, en su caso, de la Administración de la Generalitat y del resto de las administraciones públicas. Los procedimientos correspondientes deben seguirse de acuerdo con los principios de las leyes reguladoras del régimen jurídico del sector público y del procedimiento administrativo común y con sujeción a sus reglas de procedimiento. El Gobierno debe impulsar la elaboración de una ley catalana en materia de protección de las personas que alerten de infracciones normativas.